Por Benjamín Pat
Dos décadas han pasado desde que en Quintana Roo ocurrió un conflicto legal con las dimensiones de lo que está en puerta.
Y me refiero al que protagonizarán los 3 poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El último conflicto ocurrió en 2003, entre el gobierno de Joaquín Hendricks Díaz y el Poder Judicial, que en ese entonces encabezaba Lizbeth Loy Song Encalada.
Ahora en 2023 la historia se repite.
El gobierno de Mara Lezama y el Congreso que preside Renán Sánchez Tajonar tendrán que hacer frente a una demanda iniciada por el Poder Judicial que encabeza Heydén Cebada Rivas.
Al igual que hace 20 años, el argumento es la violación a la autonomía de poderes.
Hagamos Cuentas
En los próximos días se espera que la Suprema Corte de Justicia de la Nación admita el recurso legal.
En la exposición que hace el Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo se advierte la presunta violación de preceptos constitucionales.
Se trata de los artículos 16, 17, 39, 40, 41, 49, 115 párrafo primero, 116 fracciones II y III y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿Qué reformas violan la autonomía de poderes, según la percepción del Poder Judicial?
Las reformas que controvierte el Poder Judicial tienen que ver con la autonomía presupuestal.
Y es que la reforma, propuesta en su oportunidad por la gobernadora Mara Lezama y avalada en “fast track” por el Legislativo, retiró la protección para la irreductibilidad de los presupuestos de órganos y poderes autónomos.
Pero no se limitó a eso.
Otro cambio fue al artículo 109 donde se consagra la autonomía presupuestal del Poder Judicial.
En este caso, la reforma estableció que este Poder elaborará y aprobará un proyecto de presupuesto, el cual deberá remitir a la legislatura para una nueva discusión y aprobación, en su caso.
Antes el texto establecía, únicamente la remisión para su inclusión en el Proyecto del Presupuesto del Ejecutivo.
Pero quizá, lo que más preocupa a los magistrados es la modificación al segundo párrafo del artículo 67.
Ahí, el legislativo abrió la puerta para modificar libremente durante el ejercicio fiscal los presupuestos de los poderes y órganos autónomos.
De esta manera, el Poder Judicial de Quintana Roo se suma a sus homólogos de otras entidades que han presentado recursos legales demandando el respeto a la autonomía.
La gestión presupuestal es un tema ampliamente discutido ante la Suprema Corte de la Justicia de la Nación. Jurisprudencias hay muchas.
La 83/2004 por ejemplo.
Ahí advierte que “la autonomía de la gestión presupuestal constituye una condición necesaria para que los Poderes Judiciales Locales ejerzan sus funciones con plena independencia”.
Dice que “sin ella se dificultaría el logro de la inmutabilidad salarial (entendida como remuneración adecuada y no disminuible), el adecuado funcionamiento de la carrera judicial y la inamovilidad de los juzgadores”.
La tesis jurisprudencial remata que la mencionada autonomía “no puede quedar sujeta a las limitaciones de otros poderes, pues ello implicaría violación al principio de división de poderes que establece el artículo 116 constitucional”.
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