El Comité de Trabajadores Migrantes expresó su preocupación por el impacto en los derechos humanos del estado de excepción establecido en El Salvador hace más de un año, recordando que si bien las pandillas que operan en el país plantean un grave problema de seguridad, las modalidades del régimen de excepción limitan, entre muchas otras cosas, el trabajo de los defensores de las garantías fundamentales, las protestas sociales y los espacios de diálogo, además de afectar las condiciones de detención de las personas privadas de libertad.
El Comité divulgó este jueves un informe con los hallazgos y recomendaciones resultados de su examen periódico de El Salvador.
Al abordar su tema de especialidad, el Comité subrayó su preocupación por el limitado acceso a la justicia de los trabajadores migratorios y recomendó al país adoptar las medidas necesarias para garantizar el pleno disfrute de los derechos de esos trabajadores en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos y referentes a los trabajadores de los que forma parte.
El informe indicó que el país no cuenta con un sistema unificado de datos relacionados con la migración capaz de proporcionar información basada en evidencia y actualizada de manera oportuna, lo que dificulta el monitoreo y protección de los derechos de esas personas.
En este punto, recomendó a El Salvador establecer un sistema nacional unificado que reúna de forma sistemática, fiable y eficiente datos sobre la situación de los trabajadores migratorios y sus familias.
Sin política antixenófoba
El Comité también planteó la falta de políticas públicas o estrategias específicas “para combatir crímenes de odio, violencia, xenofobia y discriminación contra trabajadores migrantes y sus familias” y añadió que a pesar de que existen ciertos apartados en la legislación sobre igualdad de condiciones de las personas en el territorio, en la práctica hay un tratamiento diferenciado a la población migrante, por lo que pidió al país que esforzarse para que todos los trabajadores migratorios y sus familiares en su territorio o sujetos a su jurisdicción gocen de los derechos reconocidos en la ley internacional sin ningún tipo de discriminación.
Por otra parte, detalló el limitado acceso a la justicia de los trabajadores migratorios, independientemente de su estatus, debido al desconocimiento de los recursos administrativos y judiciales de que disponen para presentar denuncias y recibir reparaciones efectivas, y debido a la desconfianza hacia las autoridades nacionales, ya que con el estado de excepción, el gobierno otorgó a la Policía Nacional Civil y a las Fuerzas Armadas, mayores facultades para usar la fuerza contra presuntos pandilleros, y al Poder Judicial mayor margen para señalarlos y perseguirlos como posibles sospechosos.
Frente a este escenario, pidió facilitar el acceso a la justicia de todos los trabajadores migratorios y sus familiares, eliminando los obstáculos que impiden la denuncia de abusos y violaciones; así como emprender campañas de información sobre los recursos administrativos y judiciales disponibles para denunciar y recibir reparaciones.
Migrantes desaparecidos
En cuanto a los casos de migrantes desaparecidos, fallecidos o víctimas de delitos en los países de tránsito o de destino, el Comité lamentó que las víctimas y sus familiares no hayan sido informados de los resultados de la investigación e insistió en que El Salvador debe fortalecer el acceso a la justicia, incluyendo mecanismos de justicia transnacional, para migrantes y familiares en casos de desaparición, fallecimiento o sufrimiento de algún delito, garantizando su derecho a la verdad y medidas de reparación.
El Comité apuntó que no existe en el país la figura de la detención migratoria, pero sí la de “detención administrativa” y expresó preocupación por las condiciones y la duración en que se utiliza, llamando a asegurar el derecho a la libertad de las personas migrantes en el marco de los procedimientos migratorios, y en caso de ser necesario, adoptar alternativas a la detención administrativa en el marco del procedimiento de ingreso al país o de deportación o expulsión del territorio nacional.
También planteó que, si como medida excepcional se recurriera a la detención migratoria, se garanticen condiciones adecuadas y decentes en los lugares en los que se realiza, por el plazo menor posible y en un lugar separado de quienes estén siendo investigados penalmente.
Source: news.un.org